Aunque a regañadientes, y de forma que insinuaba que no estaba todo dicho, el Gobierno de Pedro Sánchez se ha visto obligado a reconocer que la Iglesia «no cometió irregularidades» en la inmatriculación de bienes. A pesar de esta constatación oficial, la vicepresidenta, Carmen Calvo, insistió en que las personas que «tengan dudas, pueden acudir a la vía administrativa o recurrir a los tribunales» sobre la titularidad de los inmuebles.
En total, son 34.961 propiedades que las diferentes entidades eclesiales inmatricularon como propias entre 1998 y 2015, bienes de la Iglesia, según recoge un informe realizado por el Ministerio de la Presidencia y que se ha remitido al Congreso. Un cómputo al que se ha llegado gracias a los datos e información recabados en la totalidad de Registros de la Propiedad.
La Conferencia Episcopal Española, por boca de su portavoz, Monseñor Luis Argüello, mostraba su «satisfacción por la constatación de que la Iglesia ha realizado estas inmatriculaciones dentro de la legalidad». Argüello recordó además que estos bienes «están al servicio del bien común a través de las actividades propias de la comunidad cristiana: en la liturgia, en la catequesis, en la caridad, y que muchos de ellos tienen también un extraordinario valor histórico, artístico y cultural que también desde los pequeños pueblos están al servicio de la sociedad para poder visitar, para poder realizar actividades que pongan en valor esta capacidad cultural y artística».
El Gobierno insiste en enredar
A pesar de lo que indica el informe, la vicepresidenta Carmen Calvo, encargada de su elaboración, insistía en que con su publicación, se abre la puerta a la reclamación por parte de posibles titulares con algún derecho sobre estos bienes.
Sin embargo, esa posible reclamación tiene pocos visos de prosperar, según los expertos. Para José Manuel Chozas, profesor de Derecho Procesal de la Universidad Complutense, ha afirmado en El Mundo que el listado público del Gobierno «no cambia nada». Considera que las inscripciones registrales son públicas «para todo aquel que acredite tener en ello un interés legítimo, a juicio del registrador, y siempre con sujeción a legislación de protección de datos. Por lo tanto, la puerta ya la tenían abierta todos aquellos que se considerasen perjudicados por una inscripción injusta».